¿SE PUEDE CAMBIAR LA CERRADURA EN UNA VIVIENDA ALQUILADA?

El otro día firmamos el contrato de alquiler de una vivienda. No es que sea algo poco habitual, aunque sinceramente, debido a la escasez de la oferta, cada vez lo es menos.
Se trataba de un adosado que acababa de quedarse libre, los anteriores inquilinos se marcharon al terminar el año. Son cosas que pasan con bastante frecuencia. La vida da muchas vueltas y, aunque cuando se alquila una vivienda se piensa que será para muchos años, a veces cambian las circunstancias: un nuevo trabajo, un traslado, una situación personal distinta…
En fin, a lo que vamos.
El caso es que el adosado cambió de inquilinos y, el día de la firma del contrato, los inquilinos me hicieron una pregunta muy habitual: “Amparo, ¿podemos cambiar la cerradura?”
Os dejo la respuesta por si tenéis prisa o la duda ya os ronda la cabeza: SÍ, SE PUEDE.
Es más, se debe.
El razonamiento es lógico y fácil de entender, aunque a muchos propietarios todavía les sorprende cuando se lo explicamos. El inquilino que entra en una vivienda no sabe quién ha tenido las llaves antes, ni cuántas copias pueden estar circulando, ni en manos de quién pueden estar. Por una cuestión básica de seguridad, lo recomendable es cambiar la cerradura al iniciar el alquiler.
Eso sí, el cambio corre a cargo del inquilino y, cuando finalice el contrato de alquiler, deberá volver a colocar la cerradura original y entregar todas las llaves al propietario.
Y aquí suele surgir otra duda: ¿el propietario se queda entonces sin llaves de una vivienda de la que es titular? La respuesta es sencilla: SÍ, NO LAS NECESITA, y no hay ningún problema en ello.
Mientras la vivienda está alquilada, el propietario no puede acceder libremente a ella. Hacerlo sin consentimiento del inquilino podría considerarse allanamiento de morada, salvo en casos muy concretos y justificados, como una urgencia grave que afecte a terceros.
Durante la vigencia del contrato, la vivienda es domicilio del inquilino, no del propietario, aunque este siga siendo el titular del inmueble. Este punto genera mucha confusión y, precisamente por eso, conviene explicarlo bien.
Cambiar la cerradura no significa apropiarse de la vivienda, sino garantizar la seguridad e intimidad de quien la habita durante el tiempo que dura el alquiler.
Precisamente por eso, desde inmobiliaria AT HOME, recomendamos dejar este tema claro desde el principio e incluso, reflejarlo por escrito. Esto evita malentendidos, desconfianzas innecesarias y conflictos en el futuro.
Si después de leer el artículo sigues teniendo dudas, ven a vernos o llámanos. Estaremos encantados de ayudarte.
Como dice nuestro lema: “Trabajamos con personas, vendemos inmuebles”.
Amparo Estela – Inmobiliaria AT HOME
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